Juez emite 23 órdenes de 'deportación en ausencia' en menos de una hora: qué pasa en esos casos
Un juez de inmigración de San Francisco, California, emitió 23 órdenes de deportación en ausencia en menos de una hora, revela un reciente reportaje publicado por el diario San Francisco Chronicle.
La no presentación en el tribunal se debe principalmente a la emisión de Notificaciones de Comparecencia (NTA) con errores o que fueron enviadas a direcciones donde no se hallaban los inmigrantes, quienes debían asistir a una fecha y hora determinadas para defender sus permanencias en Estados Unidos.
La aceleración de procesos es parte de un reciente esfuerzo del tribunal de inmigración del área de la Bahía, enfocado en hallar a inmigrantes de los que pierde el rastro.
Pero los defensores de los inmigrantes alegan que la Corte de Inmigración de San Francisco “ha establecido una cinta transportadora de deportación, una que acelera las órdenes de deportación antes de que los inmigrantes puedan presentar su caso para permanecer en el país”, dice el periódico.
El 19 de julio el tribunal publicó en su página digital que los jueces “trabajarán para emitir una decisión dentro de los 300 días posteriores a la audiencia inicial del calendario maestro” en casos de familias que fueron detenidas entre los puertos de entrada al 28 de mayo de 2021 o después, si se las coloca en un proceso de deportación y se las inscribe en el programa Alternativas a la detención (ATD).
Clima de preocupación
La aceleración de los procesos inquieta a abogados y organizaciones que defienden los derechos de los inmigrantes.
“Es un caso muy grave, sobre todo porque ocurre después de un fallo de la Corte Suprema sobre el caso Niz-Chávez”, dijo a Univision Noticias Alex Gálvez, un abogado de inmigración que ejerce en Los Ángeles.
Para Juan José Gutiérrez, director ejecutivo del Movimiento Latino USA en Los Ángeles, dijo que One Stop Immigration, dijo que la situación que se está viviendo en la corte de inmigración de San Francisco “es una tragedia, considerando que se trata de un tribunal considerado entre los mas liberales y progresistas del país”.
“Existe un principio inviolable que, ante todo, los jueces deben asegurar que se haga justicia. Y en caso que la persona fue indebidamente notificada, pienso que el tribunal está obrando mal y el gobierno debe de intervenir para poner en suspenso estas órdenes para que este problema de comunicación entre el tribunal y los inmigrantes se resuelva de una forma justa”, precisó.
Qué hacer
En aquellos casos donde un inmigrante recibe una orden de deportación en ausencia y no recibió una NTA o la información contenida en el citatorio estaba errónea, “el afectado debe ponerse en o inmediatamente con su abogado para presentar cuanto antes una moción de reapertura del caso”, dijo Gálvez.
El 29 de abril la Corte Suprema, en una decisión 6-3, falló que los avisos, citatorios o NTA incompletas o con información errónea no son válidos y no detienen el reloj de p`resencia continua en Estados Unidos.
En la mayoría de los casos cuando el extranjero indocumentado recibe uno de estos documentos, automáticamente se corta o suspende el reloj que mide el tiempo de permanencia ilegal en el país, impidiendo que el afectado, en ciertos casos, reclame la residencia legal permanente por llevar más de 10 años sin papeles en Estados Unidos y su deportación causaría un sufrimiento extremo a un familiar inmediato.
El diario dijo que los abogados que han estado rastreando las audiencias tienen conocimiento de clientes que asisten regularmente a sus registros con el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas, y probablemente tengan sus direcciones correctas en el archivo. Pero que la Oficina de Inmigración y Aduanas (ICE), una dependencia del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) “no actualiza las direcciones automáticamente con los tribunales de inmigración”.
Nueva oportunidad
El 1 de julio Univision Noticias reportó que los inmigrantes que recibieron una orden de deportación en ausencia y tienen cómo justificar por qué no se presentaron al tribunal, o llegaron tarde al juicio tienen una nueva oportunidad tras un fallo emitido por la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA).
La BIA decidió que los jueces de inmigración “pueden ejercer su discreción” para revertir una orden de deportación en ausencia y otorgar la reapertura del caso”. Pero para que esto ocurra, el inmigrante debe establecer, “mediante pruebas que lo corroboren, que su llegada tardía (o la ausencia al juicio) se debió a ‘circunstancias excepcionales’" según la Sección 240 (e) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA)”, precisó.
El fallo agregó que, al hacerlo, el extranjero “debe considerar factores como el alcance de la tardanza para llegar a tiempo al tribunal, si las razones de la tardanza son apropiadamente excepcionales y cualquier otro factor relevante en la totalidad de las circunstancias”.
La moción de reapertura
La Sección 240 de Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), relacionada con los procedimientos de deportación de un extranjero, indica que una orden de expulsión en ausencia “sólo puede rescindirse tras la aprobación de una moción de reapertura”.
Indica además una moción para rescindir una orden de expulsión emitida en ausencia y reabrir un caso, el extranjero debe demostrar que:
- La falta de comparecencia se debió a circunstancias excepcionales;
- La falta de comparecencia se debió a que el extranjero no recibió la notificación adecuada (NTA); o
- La falta de comparecencia se debió a que el extranjero estaba bajo custodia federal o estatal, y la falta de comparecencia no fue culpa del extranjero.
circunstancias excepcionales LA INA señala que el término "circunstancias excepcionales" se refiere a circunstancias más allá del control del extranjero, tal como:
- Agresión o crueldad extrema hacia el no ciudadano;
- Agresión o crueldad extrema hacia un hijo o padre del extranjero;
- Enfermedad grave del extranjero; y/o
- Enfermedad grave o muerte del cónyuge, hijo o padre del extranjero.
El caso Niz-Chávez
La decisión de la Corte Suprema de finales de abril fue la conclusión del caso que corresponde al inmigrante de origen guatemalteco, Augusto Niz-Chávez, quien entró indocumentado a Estados Unidos en 2005.
El 26 de marzo de 2013 Niz-Chávez recibió una NTA para comparecer ante un juez de inmigración en una fecha y hora que se determinaría posteriormente. Dos meses más tarde, el inmigrante recibió un aviso de audiencia en un proceso de deportación. El juicio se celebró el 25 de junio de 2013.
Durante el proceso, Niz-Chávez declaró su intención de solicitar la suspensión de la deportación en virtud de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) y la reparación en virtud de la Convención contra la Tortura, explica el sitio Oyez.org.
Tras una audiencia sobre el fondo del caso, el juez denegó la petición y Niz-Chaves apeló ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA). Y alegó que el caso debía ser regresado porque, de acuerdo con un fallo anterior de la Corte Suprema en Pereira v. Sessions, los avisos de comparecencia que no incluye la hora específica y el lugar del proceso de deportación del no ciudadano no detiene el reloj que mide el tiempo de presencia continua.
Corte de Apelaciones del Sexto Circuito rechazó la petición de Niz-Chávez, abriéndole la puerta para acudir ante la Corte Suprema para resolver su caso.
Dos de los hijos de Niz-Chávez tienen graves problemas de salud. Su proceso de deportación comenzó tras ser detenido por la policía por una luz trasera rota de su vehículo.