El gobierno de Trump excluye el asilo por violencia doméstica en la nueva política 'tolerancia cero' en la frontera
La Donald Trump, que pone fin a la separación de menores de sus padres, dejó fuera el propósito de miles de familias que hacen el largo y peligroso viaje hacia la frontera sur de Estados Unidos para pedir asilo: la violencia doméstica y de pandillas.
Desde 2013, una oleada sin precedentes de migrantes originarios del denominado Triángulo Norte (El Salvador, Guatemala y Honduras), ha emprendido viaje al norte para escapar de la violencia doméstica, de pandillas y la pobreza, y poner sus vidas bajo el resguardo del gobierno estadounidense.
El 11 de junio, sin embargo, el fiscal general Jeff Sessions ordenó a los jueces de inmigración que desestimen pedidos de asilo por violencia doméstica y de pandillas, dos causales que para el gobierno no están incluidos en los cinco motivos señalados por la ley, siendo ellos persecución por raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social en particular u opinión política.
"Una afrenta al estado de derecho"
Pero en una carta publicada por un grupo de 15 exjueces de inmigración en respuesta a la decisión de Sessions, los magistrados rechazaron las limitaciones a la ley de Asilo y señalaron que, “como exjueces de inmigración con décadas de experiencia en el nivel de juicio y apelación, consideramos que la decisión del fiscal general es una afrenta al estado de derecho”.
Los magistrados dijeron, además, que las consecuencias de vida o muerte que enfrentan los solicitantes de asilo hacen que sea extremadamente importante mantener dicho análisis inmune a las consideraciones políticas a las que los del gabinete están sujetos.
El grupo precisó además que el reconocimiento de la BIA (Corte de Apelaciones de Inmigración) de que una víctima de violencia doméstica puede ser elegible para asilo como miembro de un grupo social en particular, fue la culminación de un proceso de 15 años a través de los tribunales de inmigración y la Corte de Apelaciones. Y que esta consideración fue certificada “por tres Fiscales Generales diferentes (un demócrata y dos republicanos), quienes finalmente eligieron dejar la determinación final a los jueces de inmigración y al BIA”, precisaron en la carta.
Estas prácticas no fueron consideradas en la nueva política publicada el sábado por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS).
Proceso de reunificación
El DHS explica que, junto con el Departamento de Salud y Recursos Humanos (HHS), establecieron “un proceso para garantizar que los familiares conozcan la ubicación de sus hijos y se comuniquen regularmente después de la separación”. Esto, señalan, “para garantizar que los adultos se reúnan con sus hijos con el propósito que sean deportados”.
En la política del 15 de junio, relacionada con la política de 'tolerancia cero' (es decir, la formulación de cargos criminales por ingreso ilegal y la separación de menores), el DHS explicó que “cualquier persona procesada para su deportación, incluidos aquellos que son enjuiciados penalmente por ingreso ilegal, puede solicitar asilo u otra protección disponible según la ley”.
Pero la nueva política publicada el 23 de junio no menciona esta vía que forma parte del debido proceso migratorio a EEUU.
Más de 500 reunificaciones
El DHS asegura que desde la implementación de la política de 'tolerancia cero' en mayo, ha reunificado a 522 niños migrantes no acompañados (UAC, por sus siglas en inglés) que fueron separados de sus padres o adultos, antes de que Trump ordenara detener las separaciones.
Asegura además que un pequeño número de menores “que fueron separados por razones distintas a la política de 'tolerancia cero', permanecerán separados”, entre ellos aquellos UAC “cuya relación familiar no puede ser confirmada, que el gobierno cree que el adulto es una amenaza para la seguridad del niño o el adulto es un extranjero criminal”.
El DHS no detalla a qué se refiere con extranjero criminal o si el cargo criminal por ingreso no autorizado al país puede detener la reunificación.
En algunos casos, agrega, los procesos judiciales criminales fueron tan rápidos, que los menores todavía se hallaban en manos de la Patrulla Fronteriza. En esos casos, las familias no fueron separadas, sino enviadas bajo la custodia de ICE para continuar con los procesos de deportación como una "unidad familiar".
Tampoco en esta instancia se menciona el derecho o la posibilidad de pedir asilo.
Los centros de ICE
Una vez concluido el proceso criminal, que se lleva a cabo de forma acelerada, inicia el proceso de deportación, indica el DHS. En esta fase, que también se lleva a cabo de manera expedita por orden de Sessions, los padres que reciban una orden de deportación “pueden solicitar que sus hijos menores los acompañen”.
“Cabe señalar que en el pasado muchos padres han elegido ser expulsados sin sus hijos”, se lee en la nueva política publicada por el DHS, pero no detalla en qué casos ocurrieron estas deportaciones y si los deportados habían perdido sus casos de asilo o si pidieron o no la protección del gobierno de Estados Unidos luego de expresar miedo de regresar a sus países de origen.
“ICE ha publicado información en todas sus instalaciones informando a los padres detenidos que intentan localizar y/o comunicarse con un niño bajo la custodia de HHS, para que llamen a la Línea de Información e Informes de Detenciones para recibir asistencia, la cual es atendida por operadores en vivo de lunes a viernes entre las 8 a.m. y las 8 p.m.”, agrega el documento.
ICE también dijo que existe un localizador de detenidos en línea a disposición del público, herramienta que sirve para ubicar a adultos detenidos por ICE. Se puede acceder a este sitio en: https://locator.ice.gov/odls/#/index
La agencia también indica que ha trabajado con los consulados extranjeros “para garantizar que los documentos de viaje se emitan tanto para el padre como para el niño en el momento de la orden de deportación” y trabaja en coordinación con el HHS “para la reunificación del niño antes de la expulsión de los padres de EEUU”.
El proceso tampoco, en esta fase, menciona la posibilidad del ejercicio del derecho a pedir asilo.
El instructivo explica que los padres o tutores que intenten determinar si su hijo se encuentra bajo la custodia de la ORR deben comunicarse con el Centro Nacional de Llamadas de ORR llamando al número 1-800-203-7001 o ingresando a la página www.acf.hhs.gov/orr/resource/orr-national-call-center, o enviando un correo electrónico a: [email protected].