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¿Qué pasa si firmé una salida voluntaria y me quedé en EEUU? Respondemos tus preguntas de inmigración

Nueva selección de las preguntas que van llegando a nuestra redacción, que respondemos a través de abogados especializados en la materia.
21 Mar 2017 – 05:02 PM EDT
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Cuando un inmigrante firma una salida voluntaria y se queda, se convierte en una orden de deportación. Crédito: Getty Images

Las nuevas reglas inmigratorias en vigor desde que el presidente Donald Trump llegó a la Casa Blanca, el pasado 20 de enero, tienen preocupados a millones de inmigrantes en todo el país. ¿Qué pasa si firmé una salida voluntaria y me quedé en Estados Unidos? ¿Fui arrestado en el pasado, ¿tendré problemas si mi esposa pide mi residencia? ... Esta es una selección de las preguntas que siguen llegando a la redacción de Univision Noticias. Puedes mandarnos la tuya a [email protected].

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En video: El gobierno de Trump supera al de Obama en deportaciones en febrero

Firmó una salida voluntaria y se quedó

La identificada con el nombre de Ruth cuenta que fue víctima de un abogado deshonesto que no le arregló el caso, le cobró mucho dinero y al final le recomendó firmar una salida voluntaria. “¿Qué debo hacer? ¿Cómo puedo averiguar si tengo una orden de deportación?”, pregunta.

El abogado Alex Gálvez, quien ejerce en Los Angeles, California, explica que “cuando una persona firma una salida voluntaria le hace dos promesas al juez de la Corte de Inmigración: que va a salir de Estados Unidos en la fecha que indica la orden de salida voluntaria y que regresará al país de manera legal”.

“El problema es que cuando la persona no cumple con la salida voluntaria, ésta se convierte automáticamente en una deportación formal”, dice Gálvez. “Para confirmarlo, puede llamar al número nacional 1(800) 898-7180, siga las instrucciones y ahí pude poner su número de caso de inmigración”.

Respecto a los errores que haya cometido el abogado que le asistió en el caso, Gálvez indica que “los inmigrantes que se sientan estafados pueden acudir a la fiscalía de la ciudad y presentar una demanda”, pero advierte que en el caso de los indocumentados “no es mucho lo que se puede hacer, lamentablemente”.

La Asociación Americana de Abogados de Inmigración (AILA) recomienda a los inmigrantes “tener cuidado” con los gestores de inmigración y abogados sin escrupulosos y deshonestos que pueden representarlo y se aprovechan de los inmigrantes.

“Para evitar fraudes, use su sentido común. Muchas personas escuchan lo que quieren escuchar, ¡sea inteligente! Si parece demasiado bueno para ser verdad, probablemente así sea. No confíe en una persona que le comenta acerca de una nueva ley secreta de inmigración o le asegura tener os o influencias especiales en algún ente u organismo gubernamental”, dice una campaña de AILA.

¿Qué pasa con mis ahorros y propiedades si me deportan?

La usuaria identificada con el nombre de Ivón pregunta qué pasa con las propiedades, los ahorros y las tarjetas de crédito de una persona deportada de Estados Unidos. ¿Se queda el gobierno con ellas?

Gálvez explica que “en el caso de inmigrantes que sean deportados y tengan propiedades o bienes, los cónyuges se quedan con ellos". “También pueden hacer uso de esos bienes los hijos mayores de 21 años de edad, de acuerdo con la ley”, agregó. “A menos que haya un testamento”.

Gálvez añade que, en caso que no haya un cónyuge o hijos mayores de edad, “las propiedades y los bienes pasan a los padres o hermanos que tengan estatus de permanencia legal en Estados Unidos”.

El abogado incide que en el caso que no tengan estatus o no haya familiares inmediatos, los reclamantes de los bienes y propiedades del deportado tendrán que litigar en los tribunales para hacer el reclamo.

“Una carta puede evitar todos estos inconvenientes”, dice Gálvez. “También ahorra trámites. Pero la carta poder debe ser específica, indicar a quién se deja por ejemplo una propiedad, y qué debe hacer con ella”.

El abogado Gálvez especifica que en caso que un deportado no tenga familiares en Estados Unidos o no haya dejado una carta poder, solo en esos casos el gobierno toma control sobre sus bienes y propiedades.

Le pidieron la residencia pero tiene antecedentes

El identificado con el nombre de Gerardo tiene 13 años casado con una ciudadana estadounidense y pregunta: “En el 2002 fui arrestado, ¿tendré problemas si mi esposa pide mi residencia? ¿Qué debo hacer?”.

El abogado y doctor en la Ley de Inmigración, Nelson Castillo, quien ejerce en Los Angeles, California, explica que “un ciudadano tiene derecho a pedir la residencia de su cónyuge extranjero, pero a veces se piensa que sólo por estar casado es fácil y le van a dar la green card. Eso no es así”.

“Es el historial de la persona que están pidiendo el que determinará si reúne los requisitos o no para recibir este beneficio”, agrega. “Y además dependerá de cómo entró esa persona al país, con o sin documentos”.

“Si vino legal, no tendrá que salir del país y podrá hacer la gestión dentro del país. Pero si vino ilegal, una vez le confirmen la visa tendrá que gestionar un Perdón Provisional 601A para luego salir del país, hacer un trámite consular y regresar legalmente, para luego recibir la tarjeta de residencia legal permanente”, especifica.

“Sin este permiso, si la persona sale del país le cae encima la Ley del Castigo, que lo sanciona hasta con 10 años fuera del país. Es importante que tenga en cuenta este detalle antes de poner un pie afuera de Estados Unidos”, precisa.

En cuanto a los delitos o crímenes que la persona cometió en el pasado, Castillo dice que “estos antecedentes tienen que ver también con el caso. Para eso es recomendable que busque los expedientes criminales y se los lleve a un abogado para saber cuáles son las consecuencias inmigratorias que pueden tener, y determinar si lo descalifica para el beneficio que está tratando de conseguir”, comenta Castillo.

“Cada caso es único. No someta nada si no averigua primero con un abogado si califica o no para que le den la residencia legal permanente en Estados Unidos”, concluye.

Entró con visa Waiver y se quedó

La usuaria identificada como Andrea dice que entró a Estados Unidos en el 2014 bajo el amparo del Programa de Visa Waiver, y se quedó. Quiere saber si puede viajar en avión dentro de Estados Unidos. Si corre riesgo que la detengan y deporten, y en caso de regresar a su país debe primero ar a un abogado antes de abordar un vuelo”.

El abogado Castillo responde que “las personas que se quedan más allá del término de sus visas en todo momento pueden ser arrestadas, sea en un aeropuerto o fuera de un aeropuerto”.

“Si está en el lugar equivocado es un riesgo que ella corre. El gobierno tiene requisitos de documentos para abordar aviones. Le aconsejo que antes de ir a un aeropuerto, averigüe primero con el TSA (istración de Seguridad en el Transporte) qué documentos ellos requieren para que una persona aborde un vuelo. Pero no debe olvidar que los agentes del CBP (Oficina de Aduanas y Control Fronterizo) están por todos lados y le pueden pedir otros documentos”, apunta.

El Programa de Visa Waiver (VWP, por su sigla en inglés) permite a los ciudadanos de 38 países, entre ellos Chile, viajar a Estados Unidos por turismo o negocios sin una visa, solo con un pasaporte válido. Fue establecido en 1986 con el objetivo de eliminar barreras innecesarias para viajar, estimular la industria del turismo y permitir al Departamento de Estado enfocar sus recursos consulares en otras áreas.

Los viajeros VWP necesitan tener una autorización válida a través del Sistema Electrónico de Autorización de Viaje (ESTA) antes de su viaje, pasar por los filtros de seguridad en el puerto de entrada a Estado Unidos y ser registrados en el programa US-VISIT del DHS.

Al momento de ingresar por uno de los puertos de entrada, el extranjero debe llenar y firmar un Formulario I-94W, documento que prueba el ingreso y el tiempo de estadía. El formulario es devuelto al salir. Los beneficiarios, al presentarse en un puerto de entrada, renuncian al derecho de reconsideración en caso de que el agente de inmigración no les permita el ingreso, a menos que se trate de un solicitante de asilo. El extranjero tampoco puede rebatir una expulsión.

Los extranjeros que utilizan el VPW enfrentan dificultades al solicitar otro tipo de visa para permanecer en Estados Unidos. La Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS, por su sigla en inglés) explica que, en caso de querer hacerlo, el viajero deberá salir y presentarse luego en el consulado estadounidense de su país de origen para tramitar una visa de ingreso como no inmigrante.

Los viajeros que ingresan bajo el amparo del VWP deben tener en cuenta que no pueden viajar si en el pasado han transgredido la Ley de Inmigración y Naturalización de 1996, tal como haber ingresado ilegalmente o haber permanecido como indocumentado.

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