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Permiten contratar de inmediato a trabajadores extranjeros no profesionales con visas H-2B

Debido a la pandemia del covid-19, en mayo el gobierno modificó la regla de contrataciones de trabajadores extranjeros temporales no profesionales para garantizar el funcionamiento de la cadena de suministro alimenticio.
23 May 2020 – 11:09 AM EDT
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El gobierno federal publicó una regla que permite a empleadores la contratación de personal con visas para trabajadores extranjeros no profesionales tipo H-2B y la presentación del Formulario I-9, utilizado para verificar si el extranjero tiene autorización legal para permanecer y laborar en el país.

La norma es parte de una regla final publicada el 12 de mayo por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS), que permite a ciertos no inmigrantes H-2B comenzar a trabajar debido a las normas temporales vigentes debido a la emergencia nacional decretada por la pandemia de covid-19.

El DHS dijo que las “flexibilidades temporales” están vigentes hasta el 11 de septiembre, a menos que el ejecutivo prorrogue la vigencia de la regla final.

“La regla final temporal permite a los empleadores que hayan presentado correctamente las solicitudes de extensión de estadía H-2B y el Formulario ATT-H2B (Certificación para empleadores que buscan contratar trabajadores no inmigrantes H-2B esenciales para la cadena de suministro de alimentos de EEUU) entre ciertas fechas para comenzar a emplear a ciertos trabajadores H-2B mientras USCIS (Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración) adjudica su petición”, dijo el DHS.

Agrega que los trabajadores extranjeros no profesionales deben estar en el país con una visa H-2B vigente solicitada por un empleador diferente. Si es así, “un nuevo empleador puede comenzar a emplear al trabajador H-2B en o después de la fecha en que la USCIS recibió la solicitud de extensión de estadía”.

A partir de cuándo

La fecha de recibo es la que se indica en el Formulario I-797 (Notificación de acción, aviso de recibo) o la que USCIS acusa el recibo del Formulario ATT-H2B, ” pero no antes de la fecha de inicio del empleo que figura en la petición H-2B”, advierte.


  • Las autoridades de inmigración indicaron además que la regla temporal se aplica solo si la USCIS recibió la solicitud de extensión de estadía H-2B del nuevo empleador el 1 de marzo o después y permanece pendiente hasta el 14 de mayo, o
  • USCIS recibe la petición H-2B entre el 14 de mayo y el 11 de septiembre de 2020.

En ambos casos el servicio de inmigración también debe recibir un Formulario ATT-H2B.
Bajo esta regla final temporal, indicó, “el nuevo empleador puede emplear al trabajador H-2B mientras la solicitud de extensión de la estadía se encuentra pendiente y por un período que no exceda los 60 días a partir de:


  • La fecha de recepción en el Formulario I-797 (Notificación de acción) acusando recibo de la petición solicitando una extensión de la estadía que incluye la certificación (Formulario ATT-H2B),
  • Fecha en que el USCIS acusa recibo por escrito del certificado debidamente presentado (Formulario ATT-H2B) presentado mientras la petición del H-2B estás pendiente; o
  • Fecha de inicio del empleo si la fecha de inicio del empleo indicada en la petición H-2B ocurre después de la presentación.

Verificación de estatus

A regla explica que el Formulario (tarjeta) I-94 (evidencia de ingreso y tiempo de estadía autorizado en el país) no vencido del empleado H-2B, también conocido como Registro de Llegada y Salida que indica su estado H-2B, junto con el pasaporte del empleado extranjero, son los documentos que califican para llegar el Formulario I-9.

La USCIS dijo que en el caso que niegue la nueva petición, o si el empleador retira la nueva petición antes de que expire el período de 60 días, “rescindirá automáticamente la autorización de empleo del trabajador H-2B dentro de los 15 días calendario de su decisión de rechazo o la petición de retiro del formulario”.

La agencia dijo que los empleadores deben monitorear los sitios web de ICE y el DHS para obtener actualizaciones adicionales sobre cuándo finalizan las extensiones y el sistema migratorio que regula estas contrataciones regresa a la normalidad.

La regla de mayo

La regla temporal emitida en mayo señala que a partir de ahora y temporalmente, existen dos flexibilidades en la regla final provisional:


  • Primero, se permite que un empleador H-2B emplee a un no inmigrante H-2B que esté físicamente presente en Estados Unidos mientras la petición del empleador H-2B a nombre de dicho no inmigrante está aún pendiente ante USCIS. La regla solo proporciona esta flexibilidad si el empleador declara que el trabajador realizará servicios o trabajos temporales que son esenciales para la cadena de suministro de alimentos de Estados Unidos. La autorización de empleo temporal estará vigente por un máximo de 60 días.
  • Segundo, la regla permite que los trabajadores H-2B que son esenciales para la cadena de suministro de alimentos de Estados Unidos permanezcan en Estados Unidos más allá del periodo máximo de estadía permitido de tres años. Esta flexibilidad aplica a las peticiones presentadas por el actual empleador del no inmigrante H-2B, así como a las peticiones presentadas por un posible nuevo empleador. La regla solo proporciona esta flexibilidad si el empleador declara que el trabajador realizará servicios o trabajos temporales que son esenciales para la cadena de suministro de alimentos. No se aceptará que los empleadores contraten extranjeros ilegales.

Requisitos adicionales

La nueva regla establece que un peticionario que desee obtener uno de estos beneficios bajo el amparo de la regla final provisional, tendrá que presentar una declaración jurada bajo pena de perjurio, que el (los) trabajador(es) H-2B realizará(n) labores o servicios no agrícolas temporales que son esenciales para la cadena de suministro de alimentos.

“La regla final provisional entrará en efecto de inmediato una vez sea publicada en el Registro Federal (diario oficial estadounidense”, subraya.

“El programa de visas H-2B permite a empleadores estadounidenses o agentes de Estados Unidos que cumplen con ciertos requisitos reglamentarios contratar a trabajadores extranjeros de ciertos países en puestos temporales no agrícolas”, explica el libro ‘Inmigración: las nuevas reglas’. “Incluye trabajadores temporales no profesionales tales como obreros que vienen a laborar en carnavales, circos, industria forestal, balnearios, la industria hotelera y ciertas actividades agrícolas como pastoreo, entrenadores y atletas. También la utilizan trabajadores domésticos y jardineros”, agrega.

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