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Deportaciones

¿Obliga la ley de Florida a los indocumentados revelar el estatus migratorio en hospitales? Te explicamos

Cada tres meses, los hospitales deben reportar el número de pacientes ciudadanos, residentes o indocumentados atendidos. Pero la ley no exige que la información incluya nombres ni direcciones. Además, explican abogados y organizaciones, en el caso de los indocumentados la ley no prohíbe que reciban la atención médica que necesitan y tampoco ser sujetos de arresto o deportación.
Publicado 18 May 2023 – 12:48 PM EDT | Actualizado 18 May 2023 – 12:48 PM EDT
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La ley migratoria de Florida H.R. 1718 entrará en vigor el primero de julio, pero ya sembró nerviosismo y temor en todo el estado. Se trata de la legislación más dura en su tipo en Estados Unidos por su alto nivel de castigos y exigencias. Entre ellas, una que alarma tanto a indocumentados como a ciudadanos y residentes permanentes: que los hospitales deberán preguntar el estatus migratorio de sus pacientes.

Desde que la regla fue propuesta en marzo, las organizaciones que defienden los derechos de los inmigrantes han alzado sus voces pidiéndole al gobernador Ron DeSantisy a la Asamblea Estatal (de mayoría republicana en ambas cámaras) que no incluyera la normativa, pero tras un breve debate el proyecto se convirtió en ley y la semana pasada fue promulgada.

“Lo más problemático, ahora, es el miedo que esta ley ya está creando”, dice María Bilbao coordinadora de campañas de la American Friends Service Committee (AFSC). “Nuestros amigos y familiares que son inmigrantes sin estatus legal sufrirán por no ir a buscar atención médica por temor a revelar su estatus de permanencia en el país”.

La poca información respecto a esta sección de la Ley H.R. 1718 y la desinformación han hecho que el miedo crezca. También las campañas para enseñarle a la población de qué se trata la nueva legislación y si es cierto o no que los hospitales recolectarán datos de identificación de inmigrantes indocumentados para enviárselos al gobierno del estado.

“Nosotros le estamos haciendo saber a las personas en nuestro estado que pueden negarse a revelar su estatus migratorio cuando van a buscar atención médica”, explica Bilbao. “Y las personas que sí tienen un estatus legal de permanencia, también deberían hacerlo en solidaridad, ya que es un derecho que tienen” (de no revelar su estatus migratorio).

Bilbao dijo además que “los hospitales que solicitan el estado migratorio de sus pacientes en los formularios de registro no pueden usar las respuestas para rechazar la atención o generar un informe a las autoridades federales de inmigración”, precisó.

Qué dice la Ley H.R. 1718 sobre los hospitales

La sección 5 de la Ley H.R. 1718 sobre recopilación de información sobre el estado migratorio requiere que “los hospitales que aceptan el Programa Medicaid, incluyan una disposición en sus formularios de isión o registro de pacientes para que el paciente o el representante del paciente declare o indique si el paciente es ciudadano de Estados Unidos o está legalmente presente en Estados Unidos o no está presente legalmente en Estados Unidos”.

“Pero establece que la consulta en el formulario debe ir seguida de una declaración de que la respuesta no afectará la atención del paciente ni resultará en un informe del estado migratorio del paciente a las autoridades de inmigración”, explica la Asociación Americana de Abogados de Inmigración (AILA).

Además, la nueva ley requiere que los hospitales “presenten informes trimestrales a la Agencia para la istración de Atención Médica”, datos que deben incluir “la cantidad de isiones hospitalarias o visitas a las emergencias durante el trimestre anterior que fueron realizadas por un paciente que indicó que él o ella era ciudadano de Estados Unidos o se encontraba legalmente presente en Estados Unidos, no estaba legalmente presente en Estados Unidos o se negó a responder”.

El no responder a una pregunta, como por ejemplo revelar el estatus migratorio a un hospital, “usted puede permanecer callado y decir que no quiere responder”, dice José Guerrero, un abogado de inmigración que ejerce en Miami, sur de Florida. “No aplica la 5ta Enmienda de la Constitución, que le da el derecho a permanecer callado para no incriminarse. De usted depende si la quiere invocar, pero en este caso usted es libre de responder o no a esta pregunta", agrega.

Los reportes sobre estatus migratorio

La 5ª sección de la Ley H.R.1718 requiere además que la Agencia para la istración de Atención Médica del estado debe “presente un informe anual al Gobernador y a la Legislatura antes del 1 de marzo de cada año que contenga la cantidad de isiones al hospital o visitas al departamento de emergencias dentro del trimestre anterior que fueron realizadas por un paciente que indicó que o ella era ciudadano(a) de Estados Unidos o estaba legalmente presente en Estados Unidos, no estaba legalmente presente en Estados Unidos o se negó a responder”.

El reporte también debe incluir “los costos del cuidado no compensado de extranjeros que no están legalmente presentes en Estados Unidos, el impacto de la atención no compensada en el costo o la capacidad de los hospitales para brindar servicios al público, las necesidades de financiación de los hospitales y otra información relacionada”.

La Ley 1718 faculta a la citada agencia estatal “adoptar reglas con respecto al formato aceptable que deben usar los hospitales para solicitar información sobre el estado migratorio de un paciente”, pero las reglas, advierte, “no pueden requerir la divulgación de los nombres de los pacientes o cualquier otra información de identificación personal a la agencia”.

Respecto a esta parte de la nueva legislación, AILA previene: “una persona NO TIENE QUE proporcionar su estatus migratorio a los hospitales; el proyecto de ley requiere que los formularios de registro incluyan una opción que diga ‘declinar responder’”.

El mayor riesgo: “que no vayan al hospital”

El derecho a permanecer en silencio y no responder a la pregunta respecto al estado migratorio de un paciente, es pieza clave en la sección 5 de la nueva ley migratoria de Florida. Por eso las organizaciones de ayuda y que defienden los derechos de los inmigrantes se apuran en enseñar y desarrollar campañas que serán desplegadas en todo el estado.

“Lo que hay más riesgo, hemos descubierto, es que las personas dejen de ir, que no vayan a los hospitales cuando tengan una emergencia médica porque piensan que van a estar en peligro”, dice Anne Janet Hernández Anderson, abogada principal del Southern Poverty Law Center (SPLC).

“La ley dice que los formularios de registración deben tener una pregunta, si el paciente es ciudadano o tiene permiso para estar en Estados Unidos. Pero también ese mismo formulario tiene que decir que la respuesta no debe afectar el cuidado de la persona”, agrega.

Hernández Anderson también explica que, “otra cosa que tampoco se permite, es que el hospital llame a la Oficina de Inmigración y Aduanas (ICE) o la Oficina de Aduanas y Control Fronterizo (CBP) para denunciar que en el hospital se registra la presencia de un inmigrante que no tenga un estatus legal de permanencia en Estados Unidos”.

El SPLC enfatiza que los hospitales “no pueden actuar como agentes de inmigración” ni tampoco hacer denuncias para que se inicien procesos de deportación. “Deben asegurar que el o los pacientes reciban los cuidados médicos que necesitan”.

A su vez, la abogada principal del SPLC explica que la Ley H.R.1718 “anticipa que las personas no van a contestar esta pregunta”. Y agrega que la nueva legislación detalla que sólo el número de personas que llegaron en busca de atención aparecerán, no sus identidades.

“Esos números van a una agencia estatal. Y esa agencia, a su vez, los enviará al gobernador una vez al año. Ese reporte solo tendrá números y cuántas personas dieron o no dieron respuesta a la pregunta sobre su estado migratorio. No debe haber ningún cambio hacia el cuidado de la salud ni resultar en que los agentes de ICE o del CBP lleguen al hospital donde esa persona está siendo atendida por un asunto médico y la detengan para luego ser deportada”, advirtió.

Tenga listo un Plan B

Si bien la ida al hospital no debe generar mayor preocupación, las organizaciones recuerdan que otras secciones de la Ley H.R. 1718 si representan riesgos para la población inmigrante, sobre todo la sección que castiga con penas de cárcel a quien transporte indocumentados.

Los activistas y abogados consultados por Univision Noticias coindicen en que, si después del 1 de julio un extranjero es arrestado, o incluso un ciudadano o residente legal permanente que maneja un automóvil donde viajan familiares indocumentados, “tiene derecho a guardar silencio y pedir un abogado”.

A su vez, la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU) recuerda que, todas las personas que viven en Estados Unidos están protegidas por las leyes y la Constitución, incluso los inmigrantes indocumentados.

Ahora bien, en caso de tener una orden de deportación vigente, “busque ayuda legal de inmediato”, recomienda Guerrero. “Si tiene orden de deportación está en el blanco del gobierno. Por eso busque consejo legal y desarrolle una estrategia, un Plan B”.

En qué consiste el Plan B:

Si tiene una orden de deportación vigente y teme ser arrestado, ya sea en un operativo policial o en una redada, tenga en cuenta lo siguiente:


  1. Hable con su abogado para que revise su expediente y determine si califica para alguna opción de reapertura de su caso;
  2. Seleccione a una persona de confianza, familiar o amigo, a quien usted llamará en caso de ser arrestado;

Cuando seleccione a la persona a la que llamará por teléfono en caso de que sea arrestado durante un operativo o una redada, las organizaciones de ayuda a inmigrantes recomiendan:

  • Déje una carta-poder para que tome decisiones en su ausencia sobre sus hijos y bienes;
  • Si tiene hijos en edad escolar, comuníquese con la escuela y registre el nombre de esa persona para que pueda retirarlos del establecimiento;
  • Trate de que la persona que le ayude no se encuentre indocumentado. Y si no tiene documentos de estadía legal, que no tenga os con servicio de inmigración.
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