Cuando la petición de asilo se vuelve una pesadilla: 20 años después de pedirlo este guatemalteco está a punto de ser deportado
Ganar un caso de asilo en EEUU no es fácil y las estadísticas así lo confirman. Según los datos del Departamento de Justicia, de las 665,218 solicitudes presentadas el año pasado, solo fueron aprobadas 8,726. Es decir, un 1.3%.
Aún así, las cortes de inmigración del país están colapsadas con más de 544,00 peticiones de asilo acumulados (cifra de marzo de este año), lo que sorprende todavía más cuando se comprueba cómo una petición de asilo se convierte a menudo en una pesadilla para quién la pide. Y como ejemplo está la historia del guatemalteco Luis Barrios, que 20 años después de presentar su solicitud de asilo en 1997, ahora se encuentra al borde de la deportación.
Los abogados recuerdan que para ser parte de ese 1.3% que consigue asilo en EEUU hay que presentar una larga lista de pruebas en un proceso muy complejo. Además, insisten en algo muy importante: “Lo que hay que tener siempre en cuenta es que si pierde el caso de asilo, recibirá una orden de deportación”, advierte José Guerrero, un abogado de inmigración que ejerce en Miami, Florida.
Dos formas de pedir asilo
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El asilo se divide en dos categorías: afirmativo o defensivo. El afirmativo es cuando se pide a través del Formulario I-589 (solicitud de asilo y exención de remoción). Para hacerlo, el peticionario debe estar dentro de Estados Unidos y por lo general tiene un plazo de un año desde la fecha de entrada.
La oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS) advierte que, si el caso no es aprobado y la persona que pide asilo está indocumentado, referirá el expediente a la corte de inmigración para que un juez decida el futuro de esa persona en el país.
El asilo defensivo ocurre cuando la persona es detenida en la frontera y solicitó asilo al agente de la Patrulla Fronteriza que lo detuvo cuando intentaba ingresar sin permiso al país.
“Son colocados en procesos expeditos de deportación”, advierte la USCIS. Y los casos serán vistos por la corte si el agente de la oficina de asilo “encuentra que el peticionario tiene un temor real de ser perseguido o torturado” si es deportado de estados Unidos, agrega.
En el año fiscal 2016, las cortes de inmigración recibieron 1,445 solicitudes de asilo afirmativo y 63,773 casos de asilo defensivo, según datos del Departamento de Justicia.
Cuando solicitar asilo
“Hay que tener en cuenta bajo qué circunstancias el gobierno (de Estados Unidos) otorga asilo”, advierte Ezequiel Hernández, un abogado de inmigración que ejerce en Phoenix, Arizona, y colabora frecuentemente con el Noticiero Univision. “No se trata sólo de presentar la solicitud, hay que probar que uno reúne los requisitos para ganar un caso de asilo en Estados Unidos”.
La USCIS reitera que las personas que vienen a Estados Unidos “buscando protección porque han sufrido persecución o porque tienen temor de que sufrirán persecución por su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social en particular y opinión política”, pueden recibir la protección del gobierno, pero primero deben ganar sus casos.
Durante el proceso “hay un montón de trabas”, advierte Hernández. “No basta sólo con llenar y enviar el formulario. Y no nada mas se trata de la violencia que haya en tu país. No porque tu llamas dictador a su presidente ya tienes ganado un caso de asilo”, previene.
Hernández se refirió específicamente al caso de Venezuela. Señala que muchos venezolanos en los últimos dos años han pedido la protección del gobierno y sus casos no han sido resueltos favorablemente porque no cumplen con los requisitos de asilo estipulados en el reglamento de la ley.
“Si no calificas para un asilo, mejor no lo hagas”, dice.
El caso de Luis Barrios
El inmigrante guatemalteco Luis Barrios está a punto de ser deportado a menos que un juez de inmigración reabra su caso y cancele una orden de deportación en ausencia emitida en 1998, después de no presentarse en aquel entonces a la corte que estudiaba su caso. Una circunstancia bastante común. De hecho, de las 11,767 órdenes de deportación emitidas por las cortes entre julio de 2014 y abril de 2016, 10,413 fueron giradas en ausencia, según datos del Departamento de Justicia.
Trece años más tarde, en 2011, Barrios fue detenido por la policía porque el automóvil que conducía tenía una luz trasera que no funcionaba. El agente, al revisar su expediente, descubrió que era indocumentado y lo entregó a las autoridades de inmigración.
Desde entonces y por discreción de la fiscalía, Barrios fue liberado con orden de presentarse una vez al año ante la Oficina de Aduanas y Control Fronterizo (ICE) para firmar tras una revisión de sus antecedentes criminales. De acuerdo con la política migratoria del entonces presidente Barack Obama, su caso no era una prioridad de deportación. Pero ahora con Donald Trump, las cosas han cambiado. ICE ha dicho que Barrios tiene una orden de deportación desde 1998 y que ya es tiempo de deportarlo de Estados Unidos. ”Ha agotado todas las opciones del debido proceso y tenemos una orden judicial que cumplir”, agregó.
La agencia ha permitido que Barrios permanezca libre con un grillete en el tobillo de la pierna izquierda mientras se completa su proceso de deportación.
Sus abogados solicitaron el 17 de abril a la Junta de Apelaciones de Inmigración del Departamento de Justicia que reabra su caso, bajo el argumento que no se presentó a la corte en 1998 porque nunca se enteró que debía acudir a una cita.
Su último recurso
“Cuando se emite una orden de deportación en ausencia la persona se convierte en un fugitivo de la ley”, explica Guerrero. “Eso significa que si la persona es detenida en la calle, puede ser deportada inmediatamente sin derecho a ver un juez”.
“La única opción es hacer una moción de reapertura argumentando, como en este caso, que nunca recibió una notificación para presentarse en la corte. Pero durante este proceso no hay nada garantizado”, advierte.
“Guerrero explicó que en el momento en que se “somete la moción argumentando que nunca recibió notificación, hay que esperar que el juez determine si en realidad reabre el caso. Y cuando se somete la moción, automáticamente se pide un paro de la deportación. ICE no puede deportar a esta persona hasta que el juez se pronuncie sobre el recurso legal”.
El fallo de la corte puede ser favorable “si la persona demuestra, por ejemplo, que se cambió de dirección y la notificación de la corte no le llegó a sus manos, o presenta evidencias de un error en el proceso”, agregó guerrero.
Hernández señaló que en casos similares al de García, “muchos inmigrantes a finales de los años 90 fueron victimas de una estafa cometida por notarios y abogados sin escrupulosos quienes les prometieron permisos de trabajo sin decirle a sus clientes que estaban pidiendo asilo”.
“Tampoco sabían que debían presentarse luego a la corte para continuar con sus casos”, agregó. “Creyeron que con el permiso de trabajo ya estaba resuelta su petición de asilo”.
“Un gran problema es la ignorancia de la ley”, apuntó Hernández. “Y como la gente no sabe lo que tiene que hacer, incumplen y por eso les dan una orden de deportación en ausencia”.