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Corte amplía plazo para liberar a menores detenidos en cárceles familiares de ICE

La jueza Dolly Gee, atendiendo una petición hecha por ICE, otorgó un plazo adicional de 10 días (hasta el 27 de julio) para que la agencia federal proceda a la liberación de la totalidad de menores detenidos en tres centros familiares y que forman parte de una demanda de acción de clase.
16 Jul 2020 – 06:10 PM EDT
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Una corte de distrito del norte de California amplió este jueves el plazo para que el gobierno libere a decenas de inmigrantes menores de edad detenidos en centros familiares de la Oficina de Inmigración y Aduanas (ICE).

En junio la jueza Dolly Gee había ordenado a ICE la liberación de unos 124 menores, que forman parte de una demanda de acción de clase en contra de la agencia por violación de sus derechos durante sus procesos de asilo. El plazo vencía este viernes 17 de julio.

Los menores se encuentran recluidos junto a sus madres en los centros familiares de detención Dilley y Karnes ubicados en San Antonio (Texas), y Berks en Pennsylvania. Sin embargo, ante una solicitud presentada por ICE al tribunal, la jueza otorgó una extensión del plazo de 10 días, que vence el 27 de julio.

“Por las razones expuestas en este documento, el tribunal ordena que la fecha límite para que los demandados completen el cumplimiento del Párrafo 1 de la Orden del 26 de junio de 2020 de la Corte, se extiende incluido el 27 de julio de 2020”, escribió la jueza Gee. “Todos los demás plazos permanecen sin cambios”, agregó.

La orden del 26

El 26 de junio Gee ordenó a ICE que libere a la totalidad de menores que forman parte de una demanda colectiva, que se encuentran detenidos en los tres centros familiares.

El fallo respondió a una disputa que exige al gobierno respetar el Acuerdo Judicial Flores de 1997 (FSA), que prohíbe al gobierno privar de libertad a niños en centros federales y solo permite el encierro hasta un máximo de 20 días.

El dictamen también tiene el propósito de prevenir que los menores inmigrantes se contagien de covid-19 en centros que no han garantizado los cuidados necesarios para evitar la propagación de la enfermedad.

Al momento del dictamen, en el centro de detención Karney se habían reportado 11 casos positivos de covid-19 entre las familias y ninguno en Dilley. Pero la jueza advirtió en ese momento que los dos centros ubicados en las afueras de San Antonio se encuentran en uno de los condados con mayor registro de nuevos casos de coviod-19 en el Estado.

A la fecha en el país se registran más de 3.3 millones de contagios por coronavirus y Texas, junto con Florida, Arizona y California encabezan la lista de pacientes con covid-19 y de hospitalizaciones.

Qué dijo ICE

Tras el dictamen de junio, ICE dijo a Univision Noticias que estaba “revisando” la orden en el litigio sobre el Acuerdo Flores.

La agencia precisó que “no mantiene la custodia de Menores No Acompañados” (UAC) que forman parte de la demanda ventilada por el tribunal, “pero tiene bajo custodia a unidades familiares (menores y sus padres o tutores legales)” en los que denomina “centros residenciales familiares”.

“Las determinaciones de custodia de ICE se llevan a cabo de conformidad con sus autorizaciones estatutarias y reguladoras, y de conformidad con las políticas del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) y las decisiones vinculantes de ICE de los tribunales federales”, incluyendo al tribunal presidido por la jueza Gee, dijo una fuente de la agencia.

Añadió que “las unidades familiares que se encuentran bajo custodia de ICE en un centro residencial familiar y que pasan una entrevista inicial de miedo creíble generalmente son liberadas en menos de 20 días. Quienes permanecen más allá de ese tiempo son aquellas unidades familiares que no pasan la entrevista de miedo o temor creíble y son puestos en proceso de deportación”, precisó.

El acuerdo Flores

El nombre de Flores deriva de la inmigrante Jenny Lisette Flores, una menor de 15 años que en 1985 huyó de El Salvador para reunificarse con su tía en Estados Unidos. La niña fue arrestada por la Patrulla Fronteriza (en ese tiempo bajo el mando del Servicio de Inmigración y Naturalización -INS-) cuando intentaba ingresar indocumentada al país. La menor fue mantenida detenida en pésimas condiciones.

La menor fue llevada a un centro de detención donde la esposaron y desnudaron para revisarla. El Departamento de Justicia, bajo cuyo mando operaba el INS y la Patrulla Fronteriza, le negó a la tía de la menor la custodia argumentando que no podía entregar niños a "terceros".

Tras conocerse el caso, el Centro de Derechos Humanos y Derecho Constitucional (CHRCL) presentó ese mismo año una demanda para evitar que Flores y otros menores como ella privados de libertad fueran víctimas de los abusos y atropellos del gobierno.

La demanda

La demanda del CHRCL cuestionó la política que implementaba el INS en la frontera “para condicionar la liberación de menores” a sus padres o tutores legales, los interrogatorios, los procedimientos de deportación empleados en aquellos años, el sistema de fianzas y la entrega de menores arrestados a padres o tutores que se encuentran en Estados Unidos.

La querella también argumentó que el INS colocaba a personas menores de edad bajo arresto istrativo y eran encarcelados hasta que los procedimientos judiciales concluyeran, un proceso que podría tomar varios años.

El grupo de derechos civiles solicitó a la corte otorgar a los menores migrantes derecho a libertad bajo fianza, mientras que llevaban a cabo los procedimientos de deportación.

El CHRCL, además, alegó que el gobierno había implementado una política para encarcelar indefinidamente a menores que nunca se publicó en el Registro Federal (diario oficial) de conformidad con la Ley de Procedimiento istrativo, y los menores que estaban siendo detenidos indefinidamente eran acusados o condenados sin que hayan cometido delito alguno.

Indicó también que el objetivo de la demanda era el bienestar de los menores detenidos, que tenían que ser tan calificados como sus padres, familiares o amigos que podrían hacerse cargo de sus custodias.

Las garantías

En 1997 y tras 12 años de litigios, incluida la Corte Suprema, se estableció la formalización del Acuerdo que obligó al gobierno a controlar sus políticas de detención de menores en la frontera y crear entornos menos restrictivos.

Informes del Inspector General del Departamento de Justicia denunciaron posteriormente que el INS no cumplió de inmediato los términos del Acuerdo.

El Acuerdo Flores establece además que, el gobierno debe facilitar instalaciones adecuadas para detener las familias y no debe privarlas de libertad por más de 20 días. "Por lo general, cuando el gobierno está experimentando una afluencia de llegadas, las familias bajo custodia que son liberadas están aún en un procedimiento de deportación y debe ser un juez de inmigración quien restituye sus permanencias en el país", explica un informe de la Comisión de Mujeres Refugiadas (Comisión de Mujeres Refugiadas) publicada en su página digital.

"Ellos, los puestos en libertad pueden hacer esto viviendo con un patrocinador en la comunidad, y en algunos casos son monitoreados electrónicamente o puestos en otro programa alternativo al arresto", agrega.

En general, explica el Colegio de la Frontera Norte, el Acuerdo “estableció una serie de protocolos de atención de menores bajo custodia de las autoridades migratorias” entre ellos “otorgar comida, agua, apoyo médico en caso de emergencias, baños, ventilación y temperatura adecuada, supervisión adecuada para protegerlos de otros, en lo posible separación de menores de adultos desconocidos”.

El Acuerdo también “asegura la liberación pronta de los menores” y establece que el gobierno debe ubicar a los detenidos en la frontera “en espacios lo menos restrictivo posible y limitado a la edad y necesidades de los niños; y que la autoridad migratoria establezca autoridades de atención de menores bajo custodia de la autoridad migratoria ".

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